CONGRESO MX: Declara constitucionales, reformas sobre simplificación administrativa y digitalización

La Mesa Directiva dio cuenta de la recepción de 22 votos aprobatorios
de congresos locales
La Cámara de Diputados declaró reformado el párrafo décimo del artículo
25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política, en
materia de simplificación administrativa y digitalización.
El presidente de la Mesa Directiva, Sergio Gutiérrez Luna (Morena), dijo
que luego de realizado el cómputo de votos aprobatorios de la mayoría de
las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, se emite el
siguiente proyecto de declaratoria:
“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el
artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables
legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformado
el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73
de la Constitución Política, sobre simplificación administrativa y
digitaliza. Remítase al Senado de la República para los efectos
constitucionales”.
Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta
Villalpando Riquelme (Morena), dio cuenta de la recepción y cómputo de
22 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Baja
California, Campeche, Colima, Chiapas, Durango, Hidalgo, México,
Michoacán de Ocampo, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis
Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de
Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.
Con lo aprobado, se establece que, a fin de contribuir al desarrollo y
bienestar de todas las personas, grupos, comunidades y sectores sociales
y económicos, las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán
implementar políticas públicas de simplificación administrativa y
digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias,
desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los
demás objetivos que señale la ley nacional en la materia.
Faculta al Congreso de la Unión para expedir la ley nacional que
establezca los principios y obligaciones a los que deberán sujetarse los
órdenes de gobierno en materia de simplificación administrativa y
digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias,
desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas.
En el régimen transitorio, precisa que en un plazo que no excederá de
noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente
decreto, el Congreso de la Unión expedirá la legislación a que se
refiere el artículo 73 fracción XXIX-Y de la Constitución Política.
Dicha ley nacional deberá considerar al menos un modelo nacional de
simplificación y digitalización de trámites y servicios, definir la
autoridad nacional en materia de simplificación administrativa y
digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias,
desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas y públicas, y
prever las herramientas respectivas.
El documento, producto de una iniciativa presentada por la presidenta de
la República, contribuirá a mejorar la relación entre las instituciones
públicas y la ciudadanía, reducir la duplicidad de funciones, evitar
actos de corrupción, así como dar transparencia y accesibilidad a todas
las personas.