Ciudad de
México, a 18 de enero de 2022.- ARTICLE 19
condena los recientes asesinatos de José Luis
Gamboa Arenas, periodista independiente y
director de la página en Facebook “Inforegio
Network” en el puerto de Veracruz, Veracruz, así
como de Alfonso Margarito Martínez Esquiviel,
fotorreportero independiente en Tijuana, Baja
California.
Los asesinatos de José Luis Gamboa y Margarito
Martínez se suman a otros 145 asesinatos de
periodistas con posible vínculo por su labor
desde el año 2000, de los cuales 27 han ocurrido
durante la administración de Andrés Manuel López
Obrador. Es urgente que las autoridades
estatales y federal prevengan agresiones,
protejan a periodistas cuando son víctimas e
investiguen con debida diligencia los delitos
cometidos contra la prensa.
José Luis Gamboa, Veracruz
El lunes 10 de enero sujetos desconocidos
asesinaron a José Luis Gamboa, periodista
independiente y director de la página en
Facebook “Inforegio Network”, en el
fraccionamiento Floresta, en el puerto de
Veracruz, Veracruz. Según información pública,
el cuerpo del periodista fue hallado con siete
heridas con arma punzo-cortante, y no pudo ser
identificado sino hasta el 14 de enero debido a
que no tenía ninguna identificación.
Gamboa cubría temas de política y presuntos
vínculos entre las autoridades y grupos de la
delincuencia organizada, así como la situación
de inseguridad en el estado. Entre sus más
recientes publicaciones se encuentran dos, “La
Guerra por la Narco Política” y “Prospectiva
parte 1”, en las que se muestra como un fuerte
crítico de la situación de violencia en la
región.
Dado que su cuerpo no pudo ser identificado
inicialmente y no se podía saber su oficio, la
Fiscalía General de Justicia del Estado de
Veracruz (FGE Veracruz) empezó su investigación
de homicidio calificado bajo el móvil de robo
con violencia[1]. No obstante, al identificar su
labor periodística, así como las múltiples
heridas con arma blanca con las que se cometió
el homicidio del periodista, ARTICLE 19 que la
FGE Veracruz investigue el homicidio bajo las
directrices que señala el Protocolo Homologado
de Investigación de Delitos Cometidos Contra de
la Libertad de Expresión.
Margarito Martínez Esquiviel, Baja California
El lunes 17 de enero, Margarito Martínez fue
asesinado con arma de fuego por un sujeto
desconocido afuera de su domicilio en la colonia
Camino Verde en Tijuana, Baja California. Según
información provista por la Fiscalía General del
Estado de Baja California (FGEBC) el periodista
fue asesinado en su vehículo cuando salía de su
domicilio para cubrir una nota sobre violencia
en el municipio. Asimismo, la FGEBC informó que
el arma que fue utilizada en el asesinato del
fotorreportero fue también utilizada en al menos
5 otros delitos desde el 2020.
Martínez era un reportero gráfico con más de 15
años de trayectoria en medios como La Jornada
Baja California, Semanario ZETA, Cadena
Noticias, Punto Norte, entre otros. El
periodista principalmente cubría la nota roja y
policial. ARTICLE 19 documentó agresiones del
periodista desde julio de 2019 entre las que se
incluyen ataque físico y robo de celular por
parte de tres agentes de policía municipal de
Tijuana, y estigmatización en redes sociales por
parte de un sujeto particular el pasado
diciembre de 2021. Al respecto de este último
hecho el colectivo Yo Sí Soy Periodista emitió
un pronunciamiento exigiendo la protección de
Martínez.
Según información provista a ARTICLE 19 por el
colectivo Yo Sí Soy Periodista, el 13 de
diciembre de 2021 Margarito Martínez solicitó su
incorporación al Sistema Estatal de Protección a
Periodistas. El Sistema Estatal remitió la
petición al Mecanismo Federal de Protección a
Personas Defensoras y Periodistas (SEGOB),
quienes iniciaron comunicación con el
periodista. No obstante, el periodista no
culminó su proceso de incorporación y por lo
tanto Martínez no fue registrado como
beneficiario ni del sistema estatal ni del
Mecanismo federal. El periodista, quien había
previamente informado a ARTICLE 19 que ya
contaba con una protección para emergencias, en
realidad contaba con apoyos directos por parte
del colectivo Yo Sí Soy Periodista.
Preocupa a ARTICLE 19 que los procesos de
incorporación a los sistemas de protección, sean
estos estatales o el federal, sean en exceso
burocráticos y requieran múltiples requisitos y
documentos por parte de los periodistas antes de
implementar medidas de protección efectivas.
Respecto al funcionamiento de los Mecanismos
especializados en protección a periodistas, la
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
de la CIDH ha reiterado la necesidad de asegurar
una efectiva coordinación entre las entidades
responsables de la implementación de medidas de
prevención, protección y procuración de
justicia,
Asimismo, preocupa también a la organización que
la Secretaría de Seguridad Pública y Protección
Ciudadana Municipal de Tijuana (SSPCM) emitiera
en su comunicado que los primeros datos
arrojados tras dicho suceso señalan que podría
tratarse de problemas personales entre vecinos,
pero será la Fiscalía General del Estado, la
encargada de realizar la investigación
correspondiente. ARTICLE 19 recuerda a la SSPCM
que contraviene a los protocolos de
investigación que dicho órgano emita
pronunciamientos que puedan estigmatizar al
periodista o desvirtuar las investigaciones.
Exigencias a las autoridades
ARTICLE 19 reitera a las autoridades tanto
estatales como federales sus obligaciones a
prevenir agresiones contra la prensa, proteger a
las víctimas, y a investigar los asesinatos de
periodistas. En acorde a la Relatoría Especial
para la Libertad de Expresión de la CIDH, los
Estados tienen la obligación de investigar estos
asesinatos con efectividad, determinar sus
causas y sancionar a los responsables. Incumplir
esta obligación y la impunidad en la que deriva,
genera la responsabilidad internacional de los
Estados, tanto cuando se trata de crímenes
cometidos por agentes del Estado como cuando han
sido cometidos por particulares.
En vista de lo anterior, ARTICLE 19 exige:
A la Fiscalía General de Justicia del Estado de
Veracruz que investigue el Homicidio de José
Luis Gamboa Arenas apegado al Protocolo
Homologado de Investigación de Delitos en contra
de la Libertad de Expresión, clarificando el
móvil del delito, y de resultar que el hecho fue
por causa del ejercicio periodístico de Gamboa,
realizar todos los actos de investigación
necesarios para llegar al o a los autores
materiales y mediatos.
A la Fiscalía General de Justicia del Estado de
Baja California que investigue el Homicidio de
Margarito Martínez Esquivel apegado al Protocolo
Homologado de Investigación de Delitos en contra
de la Libertad de Expresión, teniendo como línea
principal su actividad periodística, realizando
todos los actos de investigación acordes a
judicializar el caso, identificando al o los
autores materiales y mediatos.
Al Sistema
Estatal de Protección de Periodistas y al
Mecanismo Federal de Protección a Personas
Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas,
que analicen sus procesos de incorporación en el
caso de Margarito Martínez Esquivel, y que, en
acorde a los estándares marcados por la CIDH,
tengan procesos más expeditos para integrar como
beneficiarias a las personas defensoras y
periodistas.
En este mismo
sentido, urge a las autoridades de Veracruz y
Baja California se coordinen con las autoridades
Federales para otorgar medidas de seguridad para
las familias de José Luis Gamboa y Margarito
Martínez.
A la
Secretaría de Seguridad Pública y Protección
Ciudadana Municipal de Tijuana y todas las
autoridades involucradas, abstenerse de emitir
comunicados los cuales puedan estigmatizar a
Margarito Martínez o desvirtuar las líneas de
investigación.
[1] Código Penal del Estado Libre y Soberano de
Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 130.-
Al responsable de homicidio calificado se le
impondrán de veinte a setenta años de prisión y
multa hasta de mil días de salario; si además en
la comisión del homicidio se actualizaran cuatro
o más de las circunstancias agravantes señaladas
en el artículo 144 de este Código, se le
impondrían de treinta años a prisión vitalicia.
Artículo 144.-El homicidio y las lesiones
tendrán el carácter de calificadas cuando se
cometan: IV. Con saña, crueldad o por
depravación |