INE emite
tutela preventiva para que la Presidencia de la
República se ajuste a los principios de
imparcialidad y neutralidad en la Revocación de
Mandato
INE exhorta a las y los servidores públicos de
todos los niveles de gobierno a cumplir la
restricción de promover la Revocación de
Mandato, conforme a la Ley
Llama a funcionariado federal a conducirse con
“prudencia discursiva” al dirigir mensajes que
puedan ser difundidos por los medios de
comunicación en las “mañaneras”
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral (INE) determinó emitir una
medida cautelar en su vertiente de tutela
preventiva para que el Presidente de la
República se abstenga, bajo cualquier modalidad
o formato, de realizar manifestaciones, emitir
comentarios, opiniones o señalamientos sobre la
Revocación de Mandato; así como de revisar,
ajustar, adecuar, modificar o actualizar sus
estrategias, programas o políticas públicas, con
la intención de que su actuar se encuentre
dentro de los principios constitucionales de
imparcialidad y neutralidad, sin interferir en
el proceso Revocación de Mandato.
La medida deriva de la denuncia presentada por
el Partido de la Revolución Democrática (PRD)
por la presunta indebida utilización de recursos
públicos y la ilegal promoción del proceso de
Revocación de Mandato, ante las manifestaciones
del Mandatario en la conferencia matutina del 02
de febrero de 2022, mismas que, a consideración
del denunciante, transgreden diversos artículos
de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, así como lo establecido en el
artículo 37 de los Lineamientos para la
Organización de dicho ejercicio de democracia
directa, solicitando que se conmine al
Presidente de la República para que se apegue a
las limitaciones constitucionales a que está
sujeto y deje de promocionar el ejercicio de
Revocación de Mandato, así como el retiro del
video de la conferencia alojado en la página
oficial del Mandatario en Facebook.
La Comisión declaró procedente dictar la tutela
preventiva al advertir, desde una perspectiva
preliminar, que los hechos denunciados son
posiblemente ilícitos, ya que durante la
conferencia “mañanera” el Presidente de la
República se posicionó respecto al proceso de
Revocación de Mandato, por lo que, en apariencia
del buen derecho, se advierte la existencia de
un riesgo inminente a los principios rectores de
imparcialidad y neutralidad del proceso
revocatorio.
Las consejeras y el consejero integrantes de la
Comisión estimaron que la conducta es contraria
a la prohibición constitucional y legal
consistente en que los servidores públicos
promuevan el proceso de Revocación de Mandato.
La Comisión reiteró los criterios de la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF) acerca del
deber de cuidado y de las prohibiciones a cargo
de las y los servidores públicos de todos los
niveles de gobierno, de manera particular, con
las consideraciones y límites que deben
observarse en las llamadas conferencias
mañaneras, debido a que los funcionarios
públicos deben ser “particularmente
escrupulosos” y su obligación de “conducirse con
prudencia discursiva”, al dirigir mensajes que
pueden ser difundidos por los medios de
comunicación, ya que corren el riesgo de
incurrir en una infracción a la prohibición
constitucional.
Por lo anterior, tanto el Titular del Ejecutivo
Federal o cualquier servidor público, al ejercer
su derecho a la libertad de expresión como
funcionario público, deben considerar la
restricción de promover la Revocación de
Mandato, es decir, si bien se garantiza su
libertad de expresión tienen hoy limitaciones
que deben observarse, en la relativa al límite
temporal establecido constitucional y
legalmente, a fin de evitar que los entes
públicos puedan influir en las preferencias de
la ciudadanía en el proceso democrático.
El colegiado ordenó a la Consejería Jurídica, a
la Coordinación de Comunicación Social y
Vocería, al Centro de Producción de Programas
Informativos y Especiales (CEPROPIE), y a
cualquier otra persona servidora pública que
participe dentro de cualquier formato
informativo oficial, se abstengan de presentar,
difundir, publicar y poner a disposición de la
señal satelital, según correspondan sus
funciones, cualquier promoción a la Revocación
de Mandato.
En cuanto al video de la conferencia matutina,
la Comisión de Quejas y Denuncias ordenó al
representante del Ejecutivo Federal, a la
Coordinación General de Comunicación Social y
Vocería del Gobierno de la República, eliminar
de la red social Facebook el material
denunciado, así como de cualquier otra
plataforma oficial, en un plazo no mayor a seis
horas.
Será la Sala Especializada del TEPJF quien
determiné el fondo del asunto y sin prejuzgar
sobre la existencia de las infracciones
denunciadas.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos
de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero
Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana
Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y
Denuncias.
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