La
certificación es un proceso que permite evaluar
a los elementos, identificar factores de riesgo
para las funciones policiales, además de un
requisito para la contratación del personal de
las corporaciones.
A pesar de que el 28 de mayo de 2021 venció el
plazo establecido por la ley para que los
integrantes de la Guardia Nacional contaran con
el Certificado Único Policial, hasta noviembre
del año pasado solo el 20.9% contaba con dicha
certificación, señala una investigación de la
Dirección General de Investigación Estratégica
del Instituto Belisario Domínguez (IBD).
El documento titulado “La certificación policial
de los integrantes de la Guardia Nacional”
elaborado porJuan Manuel Rodríguez Carrillo y
Miguel Ángel Barrón González, explica que la
certificación es el proceso mediante el cual los
integrantes de las instituciones policiales se
someten a las evaluaciones periódicas
establecidas por el centro de control de
confianza correspondiente para comprobar el
cumplimiento de los perfiles de personalidad,
éticos, socioeconómicos y médicos, en los
procedimientos de ingreso, promoción y
permanencia.
Asimismo, señala que, de acuerdo con la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad
Pública, la certificación tiene por objeto
reconocer habilidades, destrezas, actitudes,
conocimientos generales y específicos para
desempeñar sus funciones; identificar los
factores de riesgo que repercutan en las
funciones policiales y verificar el uso de
sustancias y la conducta de los elementos,
además de que estipula que las corporaciones
policiales solo pueden contratar al personal que
cuente con la certificación policial.
El estudio del IBD refiere que el artículo
cuarto transitorio de la Ley de la Guardia
Nacional publicada el 27 de mayo de 2019,
estableció que en un plazo máximo de dos años a
partir de la entrada en vigor de esta ley, “los
centros de evaluación y control de confianza
deberán practicar las evaluaciones a quienes
hayan sido asignados para la conformación del
cuerpo policial, a efecto de contar con el
certificado a que se refiere el artículo 21 de
la Constitución”, lo cual se cumplió el 28 de
mayo de 2021.
Sin embargo, hasta noviembre del año pasado,
solo el 20.9% de los elementos de la Guardia
Nacional se encontraban certificados, con
diferentes niveles de cumplimiento entre los
grados de la corporación.
Por lo anterior, el 23 de julio de 2021,
mediante un acuerdo del Consejo Nacional de
Seguridad Pública, se amplió el plazo al 31 de
mayo de 2024, para que los integrantes de la
Guardia Nacional obtengan el Certificado Único
Policial, argumentando la magnitud de los
elementos que paulatinamente han ido conformando
la Guardia Nacional, además de la movilidad
derivada de las actividades encomendadas con
motivo de la pandemia.
El estudio completo del IBD se puede consultar
en la siguiente dirección electrónica: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/5491
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